Derechos Laborales

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1. Organizarse por las condiciones sanas y seguras

2. Protecciones de OSHA

3. Permiso por enfermedad pagada de emergencia

4. Permiso familiar pagado

5. Beneficios de discapacidad a corto plazo

6. Seguro de compensación al trabajador

7. Seguro de desempleo


Organizarse por las condiciones sanas y seguras

Los trabajadores que abogan por condiciones más seguras en el trabajo están protegidos contra represalias del empleador bajo la Ley Nacional de Relaciones Laborales si se determina que la actividad es "actividad concertada". La actividad concertada incluye actividades realizadas por los empleados para ayuda o protección mutua, por ejemplo para su salud y seguridad. La mejor manera de actuar de manera "concertada" es hacer que dos o más trabajadores actúen juntos. En el estado de Nueva York, a partir de 2020, los trabajadores agrícolas tienen derecho a participar en actividades concertadas protegidas en virtud de la Ley de prácticas laborales justas de los trabajadores agrícolas, pero tienen prohibido hacer huelga.

 


Protecciones de la OSHA

Según la ley federal, los empleadores deben asegurarse de que los lugares de trabajo estén "libres de peligros reconocidos que estén causando o puedan causar la muerte o daños físicos graves". Esto incluye proporcionar guantes, protección para los ojos y la cara y protección respiratoria cuando los riesgos laborales lo justifiquen. Los trabajadores que están preocupados por sus condiciones de trabajo pueden presentar una queja anónima ante OSHA, lo que puede resultar en una inspección de su lugar de trabajo. Póngase en contacto con WJCNY para obtener ayuda a presentar una queja anónima.

 


Permiso por enfermedad pagada de emergencia

En respuesta al brote de COVID-19, el estado de Nueva York ahora garantiza los trabajadores protección laboral y compensación financiera en caso de que usted o su su hijo menor dependiente esté sujeto a una orden de cuarentena o aislamiento obligatoria o precautoria. (Si la escuela de su hijo está cerrada por distanciamiento preventivo social, usted no es elegible).

Bajo la ley federal, las personas afectadas por COVID-19 tiene derecho a recibir hasta 80 horas de permiso pagado con sueldo completo (cantidad máxima de $5,110) si su compañía emplea a 499 trabajadores o menos, con excepciones limitadas.

Si su empleador no proporciona el permiso por enfermedad necesario, puede presentar una queja con el Departamento de Trabajo del Estado de NY.  

 


Permiso familiar pagado

Permita que un ser querido cuide a un miembro de la familia hasta el 60% de su salario regular durante 10 semanas. Si un miembro de su familia tiene una condición de salud grave certificada por un proveedor de atención médica con licencia, usted puede calificar para el Permiso familiar pagado del estado de Nueva York.

 


Beneficios por discapacidad a corto plazo

Los empleados que se enferman o lesionan fuera del trabajo pueden ser elegibles para beneficios de incapacidad temporal. Los beneficios por discapacidad se pagan al 50% del salario semanal promedio de un empleado con un máximo de $ 170 por semana.

 


Seguro de compensación al trabajador

La compensación laboral es un seguro que proporciona beneficios en efectivo y / o atención médica a los trabajadores que se lesionan o enferman como resultado directo de su trabajo. La ley requiere que casi todos los empleadores tengan seguro de compensación al trabajadores.

 


Seguro de desempleo 

Aquellos que califican para los beneficios de desempleo pueden recibir pagos de hasta $504 por semana durante un máximo de 39 semanas, más $600 adicionales por semana en ayuda federal de coronavirus.

NYS ha renunciado al período de espera de 7 días para solicitar beneficios. Para presentar reclamos de seguro de desempleo, visite el Departamento de Trabajo del Estado de Nueva York.

Su estado migratorio puede afectar su elegibilidad para solicitar beneficios de desempleo.


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